Mutuo -simple- es un contrato por el cual una persona llamada mutuante se obliga a transferir la propiedad de una suma de dinero o de otras cosas fungibles al mutuario, quien se obliga a devolver otro tanto de la misma especie y calidad, con la posibilidad de estipular el pago de un interés, caso en el cual se tratará de mutuo con interés.
Clasificación
- Traslativo de dominio en tanto su objeto principal es la transferencia del dinero o los bines fungibles
- Principal pues es independiente de otro contrato, existe por sí.
- Bilateral porque ambas partes (mutuante y mutuario) tienen derechos y obligaciones recíprocos.
- Gratuito por naturaleza y oneroso por excepción si se estipula un interés
- Consensual en oposición a real porque atiende al acuerdo de las partes y la entrega de la cosa puede ser posterior
- Consensual en oposición a formal porque para su eficacia no requiere ninguna formalidad
- Tracto sucesivo surte efecto a través del tiempo.
- Conmutativo cuando desde que se celebra las prestaciones son ciertas.
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